beatificación

Latín: beatus, bendito; facere, para hacerfacere, to make

La declaración por el Papa como el jefe de la iglesia que uno de sus miembros merece para la vida santa como confesor o muerte heroica como el mártir, tener derecho Bendito, es decir considerado como morando en la felicidad de cielo. La declaración es precedida por un doble proceso, el primer que consiste en un examen en la vida, virtudes, escrituras, y reputación de la santidad, o martirio, del Criado de Dios antes mencionado, conducida generalmente por el obispo del lugar en el cual él o ella murieron o vivieron mucho tiempo. En caso de un mártir ningunos milagros se requieren en este primer proceso, pero los requieren para otros. El segundo proceso, conocido como el proceso Apostólico, es instituido por la Santa Sede por si la primera pregunta muestre que hay una probabilidad de prueba que el Criado de Dios practicó la virtud a un grado heroico, o murió por la muerte heroica del martirio. Para ir adelante y obtener la canonización, requieren para milagros tanto mártires como confesores. In the case of a martyr no miracles are required in this first process, but they are required for others. The second process, known as the Apostolic process, is instituted by the Holy See in case the first inquiry shows that there is a likelihood of proving that the Servant of God practised virtue to an heroic degree, or died by the heroic death of martyrdom. To go further and obtain canonization, miracles are required for both martyrs and confessors.

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